Y si nos preguntáramos: ¿Qué es la justicia? ¿Por qué -si a caso existiese- llegamos al fenómeno del terrorismo? ¿Cuál es su relación con la política? El derecho exige universalidad, la justicia requiere individuavilidad; que nos juzguemos a nosotros mismos como individuos, como particulares distintos de cualquier otro, relacionándonos con otros en plena alteridad sobre la perfectibilidad de cualquier decisión.
Jaques Derrida enfatiza que la justicia requiere de nosotros, que calculemos lo incalculable y que decidamos lo indecidible. Entonces, sí el derecho y la justicia se contraponen por confrontar el ámbito propio de la moralidad y la ética, queda la inquietud de que la justicia no se puede constreñir dentro de las fronteras del derecho, de lo calculable y de lo universal. La justicia enfatiza sobre un agente autónomo que necesita de la capacidad que tiene cada individuo de legislar para sí mismo; en contraposición al derecho que requiere la legislación para todos. Es decir, que la justicia excede cualquier ámbito de inmunidad, porque es infinita, irreductible, sobrepasa las esferas humanas, pues, el derecho -sinónimo de autoridad- se crea en la esencia humana para formar colectividad, normatividad, y aspiración de perfectibilidad. La justicia, contrario al derecho, se agota en esa aspiración misma. La justicia, no queda sino como dimensión moral del derecho, como aspiración inagotable, como experiencia imposible, que precisa de la experiencia de la aporía “infinita”. Insiste Derrida: “no hay justicia sin esta experiencia, por imposible que ella sea”.
Sí la justicia es aspiración a la perfectibilidad, carente de pasado, presente y futuro porque se encuentra inminente en todas, ¿cuál es su carencia completa? El terrorismo, como fuente de des-proyección hacia un futuro, hacia un interés de perfectibilidad del presente se identifica con la inagotable necesidad de justicia que no logra ni puede saciarse. Derecho y legalidad, como imposición y autoridad que se manifiesta sobre las relaciones humanas, y justicia como fuente inagotable e intrínseca a ellas mismas. Ambas, entre una confrontación directa nacional e internacional, marcadas por el terreno de legalidad que emerge sobre una postura universal impuesta por la autoridad, por la ilegalidad creada en la misma imposición del fenómeno fundador de la ley. Por lo mismo, es que se habla de violencia que es legal y violencia que es ilegal.
Terrorismo, como campo que excede toda frontera de legalidad e ilegalidad; terrorismo como campo de acción incontrolable, porque el mismo sistema ha emergido sobre la legalidad que se ha permeado autoinmune. Condiciones que terminan una vez se destruye él mismo por sus propias protecciones. El mecanismo creado como “órgano vivo” termina a partir de un suicidio espontáneo de su propia defensa, que acaba por expropiarse de toda agresión externa. El terrorismo, como un fenómeno de confrontación y de salida a lo que la ley misma ha creado como sistema de incomtabilidades, como resultado de una fuerza inmunitaria en contraste con una debilidad autoinmune evidente, y por eso el terrorismo responde a un contexto adverso de mecánicas autodestructivas.
Terrorismo álgido, terrorismo infinito, terrorismo incomprensible, terrorismo que excede, terrorismo que agota, terrorismo que destruye, aniquila y extermina, no sólo el ámbito corporal, intensivo, emocional y estructural, sino también el racional y legal porque significa el deslinde del mismo, el golpe marginal de un exceso de racionalidad. Por esto mismo, afirma Derrida que el miedo que invade el terrorismo es estructural. Es una parte de nuestra vida diaria; es ilimitado y por tanto está gravado sobre nosotros; es silencioso y por tanto pasa inadvertido; y es dinámico en el sentido de que se expande en nuestra sociedad y se vuelve continuamente más abarcable.
El terrorismo como acontecimiento, suceso que indica algo que se ofrece a la experiencia, pero, que también se resiste a ser completamente comprendido y apropiado. Como diría Heidegger, un acontecimiento nos expone a una situación en la que somos incapaces de apropiarnos completamente de lo que sucede, y en ese sentido, éste adquiere una connotación que le da una significación específica.
En contraste, la posibilidad de una justicia, es decir, de llegar a una ley que no sólo excede o contradice al derecho mismo, sino que además, no tiene ninguna relación con el derecho o que la mantiene de una forma tan extraña que lo mismo puede exigir el derecho como excluirlo: trasciende la esfera de la negociación social y la deliberación política, lo cual hace que ella sea infinita y absoluta. La justicia, para Derrida, se sitúa más allá de las fronteras de la política, a la vez que existe una exigencia que le es inalcanzable al individuo.
El terrorismo responde al “desahogo” de un sistema racional que ha creado una relación recíproca de “mutua” exclusión y se instala así entre los dos mundos, entendidos como totalidades autocontenidas. Más aún, cuando entendemos que dentro del mismo sistema racional es menester una violencia legal, la cual es entendida en términos de una "fuerza de ley". Y, ¿qué pasa, entonces, cuando se rompe la misma violencia de Ley? Pues, el fin de aquella es la misma, que obtiene su fuente primigenia en el miedo y en su carácter estructural exime a los representantes del Estado de sus responsabilidades; su carácter diario le hace ineludible desde el punto de vista de quienes están siendo silenciados; su carácter ilimitado lo hace especialmente efectivo en relación al individuo; su carácter silencioso lo hace más fácil de legitimizar; y su carácter dinámico lo convierte en un mecanismo de silenciamiento en el que cada vez se puede confiar más.
El terrorismo como evidencia de la total carencia de justicia se hace prescriptible para creer que se manifiesta en la implicación, a su vez, de la existencia de crímenes imprescriptibles. La verdad de la justicia se constituye en incalculable, exigiendo que se calcule con lo calculable; menoscabo paradójico. Terrorismo, como fin de justicia que se revela escorporalizadora y expropiadora recurriendo (volviendo) a las manos desnudas. Justicia y terrorismo son ambas, experiencias de la alteridad absoluta, que son “no-presentables”, y manifiestan la ocasión del acontecimiento. Se encuentran pues, de una u otra forma vinculadas como exceso y carencia, de lo imposible con aquello que no puede ser posible.
Este esbozo, sólo nos deja inquietudes en torno a su significado irreductiblemente inefable y enigmático; por la dificultad misma de crearle predicados a la misma palabra. Terrorismo que excede la realidad para impactar a la imaginación y el teatro arcaico de la violencia que le ha sido destinada. Quizás, no generamos respuestas sino nuevas inquietudes y subyacería otro interrogante capital: ¿Es verdaderamente la justicia el hilo conductor que permite hilvanar la cadena del derecho como dispositivo de anticipación de los males sociales?
Queda la problemática de qué tanto se puede calcular lo incalculable desde un instrumento de cálculo -el derecho-, cuando en realidad la decisión entre lo justo y lo injusto no podría encontrarse jamás asegurada por una regla. Y entonces: ¿Qué hay de aquellas que se escapan a cualquier tipo de medición?